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  • Tipos de seguros para autónomos agrarios

    Todos los trabajadores por cuenta propia del sector agrario deben cotizar en el régimen de autónomos de nuestro país, siendo el responsable del ingresos de sus cuotas mensuales que conlleva al mismo tiempo el pago de los seguros para autónomos que percibe para persona en caso de accidente laboral.

    Al igual que hay diferentes tipos de cotizaciones, hay también varios tipos de seguros para autónomos que trabajen en el campo, pero todos ellos tienen la característica común de que cubre todos los gastos básicos de seguridad social y sanidad que el trabajador precisa en caso de accidente o de cualquier enfermedad por la que necesite visitar al médico o seguir un tratamiento puntual o  tratamiento crónico.

    Para realizar los trámites de alta y poder hacer el pago de los seguros que van incluidos dentro de la cuota mensual del trabajador agrario por cuenta propia, se debe acudir a la Tesorería General de la Seguridad Social, o bien hacerlo a través de un gestor que se encargue de todos los trámites y lo haga en nombre del trabajador de una forma más rápida y agilizada.

    Seguros para autónomos que trabajen en el campo; ¿Cuánto se cotiza?

    La cuota que debe cotizar cada trabajador será la base de cotización que se elija, pudiendo ser diferente el precio a pagar y también los seguros para autónomos que se vean cubiertos por ella.

    Esta base es el pago mensual que el trabajador debe hacer para poder cubrir el seguro como trabajador dentro de la Seguridad Social, y viene fijada por el Gobierno, pudiendo cambiar cada año. El trabajador deberá elegir el tipo de cotización que le sea más beneficiosa, y en base a ella se calculará la cuota, a partir de un porcentaje que el gobierno estima para los trabajadores.

    Desde el 1 de enero de 2008, todos los trabajadores por cuenta propia están obligados a dar cobertura a las prestaciones de incapacidad temporal, a no ser que sean trabajadores en situación de pluriactividad, en cuyo caso los seguros para autónomos quedan a cargo de la empresa para la que está contratado el trabajador, quedando exento del pago del seguro en la cuota como autónomo agrario.

    La base mínima de cotización al año establecida por el Gobierno Español es de 893,10€, independientemente de si el trabajador está dado de alta todos los días del mes o tan sólo una parte de ellos. Mientras que la base máxima se calcula en 3642,00€, en los mismos casos de que el trabajador esté dado de alta como autónomo.

    Además de la base mínima y la base máxima, también existen otros cálculos para diferentes situaciones, como mayores de 47 años entre otras condiciones que pueden solicitar los trabajadores por cuenta propia que están pagando la tasa para poder obtener los seguros de autónomos que les corresponda.

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